Por Gonzalo Cornejo, abogado (LL.M.) | Director de TCABOGADOS
Hay médicos extranjeros que atienden donde muchos otros profesionales no llegan. Están en consultorios de comunas periféricas de Santiago, en hospitales regionales, en localidades rurales y en territorios donde conseguir una hora médica puede significar semanas de espera o largos desplazamientos. Su presencia no es un dato menor: para numerosas familias, representa la posibilidad concreta de recibir atención.
Detrás de cada uno de esos profesionales existe, además, una inversión humana y económica que Chile no realizó. Años de estudio, sacrificios familiares, formación clínica y experiencia adquirida en sus países de origen. Luego vino otra decisión difícil: dejar su entorno, emigrar, cumplir las exigencias para ejercer y reconstruir su vida profesional aquí. Cuando ese médico atiende a nuestros pacientes, Chile recibe también el fruto de toda esa formación.
Esto no significa que debamos idealizar a nadie ni rebajar los estándares. Un médico extranjero debe responder exactamente a las mismas exigencias éticas, técnicas y legales que uno chileno. Y si participa deliberadamente en la venta o emisión fraudulenta de licencias médicas, corresponde investigarlo y sancionarlo con todo el rigor de la ley, incluida la responsabilidad penal cuando proceda.
Pero precisamente porque la sanción debe ser rigurosa, también debe ser justa. No es lo mismo una red organizada de fraude que una licencia mal fundamentada, una negligencia administrativa o una infracción cuya gravedad debe determinar la autoridad competente. Confundir esas situaciones es renunciar a la proporcionalidad que exige un Estado de Derecho.
La legislación chilena contempla sanciones por la emisión de licencias sin fundamento médico: multas, suspensión de la facultad de emitirlas y consecuencias más severas ante reincidencias o conductas delictivas. Ese régimen no distingue por nacionalidad. La pregunta que debemos hacernos es otra: ¿puede una infracción sancionada en ese ámbito convertirse, por el solo hecho de que el médico sea extranjero, en la pérdida de su residencia definitiva y en una orden de abandono o expulsión?
La respuesta no puede depender de una reacción automática ni de la gravedad mediática del caso. La residencia definitiva es un estatuto jurídico protegido por la ley. Su revocación y cualquier medida de salida forzada requieren una causal migratoria específica, un procedimiento válido, una decisión fundada y la posibilidad efectiva de defensa. Una sanción sanitaria o administrativa, por sí sola, no autoriza a inventar una consecuencia migratoria.
Por supuesto, si los hechos constituyen un delito y concurren las causales que establece la legislación migratoria, la autoridad debe aplicar la ley. Nadie propone impunidad. Lo que resulta inaceptable es que, ante conductas equivalentes, el médico chileno enfrente las sanciones propias del régimen sanitario y el extranjero quede expuesto además a perder toda su vida construida en Chile sin una justificación legal autónoma y proporcional.
Las consecuencias de una decisión así van mucho más allá del profesional afectado. Puede perderse un médico que ya conoce a sus pacientes, que presta atención en un sector con escasez de especialistas o médicos generales, y que sostiene una continuidad asistencial difícil de reemplazar. Pierde su familia, pero también pueden perder los pacientes, los equipos de salud y las comunidades que dependen de esa atención.
Chile tiene el derecho y el deber de proteger la confianza pública en las licencias médicas. El fraude perjudica a los trabajadores honestos, compromete recursos y deteriora la credibilidad del sistema. Justamente por eso necesitamos investigaciones serias, sanciones diferenciadas según la conducta acreditada y decisiones que no se transformen en castigos adicionales por razón de nacionalidad.
La contribución de los médicos extranjeros debe ser reconocida con la misma claridad con que condenamos a quienes defraudan. Muchos eligieron servir en regiones, zonas rurales y barrios de menores ingresos; han ayudado a ampliar el acceso a la salud y han hecho de Chile su hogar. No corresponde borrar ese aporte ni convertir una falta individual en una sospecha colectiva.
La regla debiera ser sencilla: igual responsabilidad profesional, igual debido proceso y consecuencias migratorias solo cuando la ley realmente las autorice. Ser firmes frente al fraude no exige ser arbitrarios frente a la migración.
Chile necesita cuidar su sistema de salud y también a quienes, viniendo de otros países, contribuyen a sostenerlo. Justicia no es indulgencia; pero tampoco es castigar dos veces, o castigar sin fundamento, a quien ha dedicado años a atender a nuestros pacientes.
Gonzalo Cornejo, abogado (LL.M.)
Director de TCABOGADOS




